Política del Acuerdo de Asociado de Negocios (BAA)
Esta política describe los términos estándar de HiBoop para procesar la Información de Salud Protegida (PHI) y la Información de Salud Personal (PHI/PI) en nombre de las Entidades Cubiertas en los Estados Unidos y los Custodios de Información de Salud en Canadá.
HiBoop Inc. ("Asociado de Negocios" o "Procesador") reconoce sus obligaciones de proteger la privacidad y la seguridad de los datos de salud que le confían los proveedores de atención médica ("Entidad Cubierta" o "Custodio"). Esta política se aplica a todos los servicios prestados por HiBoop que involucren PHI.
01 Definiciones
- Información de Salud Protegida (PHI): Información de salud individualmente identificable según la definición de HIPAA (EE. UU.) y PHIPA/PIPEDA (Canadá), que incluye datos demográficos, historial médico, resultados de pruebas e información de seguros.
- Entidad Cubierta/Custodio: El proveedor de atención médica, clínica u organización que utiliza HiBoop para brindar atención.
- Incidente de Seguridad: El intento o el éxito del acceso, uso, divulgación, modificación o destrucción no autorizados de la información o la interferencia con las operaciones del sistema.
- Violación de seguridad: La adquisición, el acceso, el uso o la divulgación no autorizados de la PHI que compromete la seguridad o la privacidad de dicha información.
02 Usos y divulgaciones permitidos de la PHI
HiBoop puede usar o divulgar la PHI solo cuando sea necesario para prestar los servicios descritos en el Acuerdo Maestro de Servicios, y solo para los siguientes fines:
- Tratamiento, Pago y Operaciones (TPO): Procesar, almacenar y transmitir datos de evaluación para respaldar el tratamiento clínico, la coordinación de la atención y las operaciones de la práctica en nombre de la Entidad Cubierta.
- Gestión y Administración: Usar la PHI para la propia gestión, administración o para llevar a cabo responsabilidades legales de HiBoop, siempre que cualquier divulgación a un tercero sea requerida por ley o que el tercero dé garantías razonables por escrito de confidencialidad.
- Agregación de Datos: Proporcionar servicios de agregación de datos a la Entidad Cubierta según lo permitido por 45 CFR § 164.504(e)(2)(i)(B). Los conjuntos de datos agregados se desidentifican según 45 CFR § 164.514 y nunca se vinculan de nuevo a pacientes individuales.
- Requerido por la ley: Divulgar la PHI según lo requiera la ley federal o estatal/provincial aplicable, incluso a los EE. UU. Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS) de los EE. UU. para investigaciones de cumplimiento.
03 Obligaciones del Asociado de Negocios
HiBoop implementará las medidas de seguridad administrativas, físicas y técnicas adecuadas para evitar el uso o la divulgación de la PHI que no esté previsto en este Acuerdo. Esto incluye el cifrado en reposo y en tránsito, los controles de acceso y los registros de auditoría.
Subcontratistas
HiBoop se asegurará de que cualquier subcontratista que cree, reciba, mantenga o transmita PHI en nombre de HiBoop acepte las mismas restricciones y condiciones que se aplican a HiBoop con respecto a dicha información.
04 Obligaciones de la Entidad Cubierta
- Proporcionar un Aviso de Prácticas de Privacidad: La Entidad Cubierta deberá notificar a HiBoop de cualquier limitación en su Aviso de Prácticas de Privacidad en la medida en que dicha limitación pueda afectar el uso o la divulgación de la PHI por parte de HiBoop.
- Notificar cambios de permiso: La Entidad Cubierta notificará a HiBoop cualquier cambio o revocación del permiso de una persona para usar o divulgar la PHI.
- Notificación de Incidentes de Seguridad: La Entidad Cubierta notificará con prontitud a HiBoop cualquier incidente de seguridad que involucre la PHI y que se origine en los sistemas o el personal de la Entidad Cubierta.
05 Informes y notificación de violaciones de seguridad
HiBoop se compromete a informar de cualquier Incidente de Seguridad o Violación de Seguridad a la Entidad Cubierta en un plazo de 24 horas desde su descubrimiento, superando los requisitos reglamentarios estándar de 60 días (HIPAA) o "tan pronto como sea factible" (PIPEDA).
06 Subprocesadores autorizados
HiBoop utiliza los siguientes subprocesadores que pueden procesar la PHI en el curso de la prestación de servicios.
| Subprocesador | Propósito | Ubicación de los datos | Cumplimiento |
|---|---|---|---|
| Google Firebase / Cloud | Alojamiento, base de datos, funciones | US-Central1 / Montreal | BAA de HIPAA ✓ |
07 Especificaciones jurisdiccionales
Estados Unidos (HIPAA)
Este acuerdo sirve como un Acuerdo de Asociado de Negocios formal de la HIPAA. HiBoop se adhiere a la Regla de Seguridad, la Regla de Privacidad y la Regla de Notificación de Violaciones de Seguridad de la HIPAA. Residencia de los datos: US-Central1 (Iowa)
Canadá (PIPEDA / PHIPA)
HiBoop actúa como un “Gestor de Información” en virtud de la PHIPA (Ontario) y las leyes provinciales equivalentes de información de salud. Residencia de los datos: Northamerica-Northeast1 (Montreal)
08 Vigencia y rescisión
- Vigencia: Este Acuerdo entrará en vigor a partir de la fecha del Acuerdo Maestro de Servicios y terminará cuando toda la PHI proporcionada por la Entidad Cubierta a HiBoop sea destruida o devuelta.
- Efecto de la rescisión: Tras la rescisión, HiBoop devolverá o destruirá toda la PHI recibida de la Entidad Cubierta.